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El reto de la Inteligencia Artificial y la Propiedad Intelectual

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Con el avance constante de la tecnología, y en concreto con el crecimiento de la Inteligencia Artificial, cada vez queda más claro que faltan leyes para regular y que estas no le siguen el ritmo a la tecnología.

Son muchas las personas especialistas que se han alarmado por la vulneración de la protección de datos y la propiedad intelectual que hace diariamente la IA. Por eso, hoy queremos hablarte de los retos legales más importantes que tenemos respecto a este ámbito.

Retos legales con la Inteligencia Artificial

La Inteligencia Artificial cada vez está más presente en nuestra sociedad. Estas herramientas han transformado la forma en que desarrollamos las actividades diarias en el trabajo o en nuestra vida personal.

Es por ello que la preocupación es cada vez más alta, ya que tenemos varios retos legales en relación a esta:

  1. Regulación de la IA.
  2. Cada país protege las obras y derechos de autor según su normativa.
  3. El rápido avance de estas herramientas tecnológicas.

Denuncias de Propiedad Intelectual a la Inteligencia Artificial

En los últimos meses ha ido incrementando el número de demandas presentadas a empresas de IA. El caso más notable, y por el que empezó a hablarse mucho sobre la IA, es el de ChatGPT de la empresa OpenAI.

ChatGPT ha tenido varios problemas legales en los últimos meses por la falta de información sobre su política de protección de datos. La última ha sido en Polonia, donde un usuario ha denunciado a la empresa OpenAI por vulnerar el RGPD y por no proporcionarle detalles sobre el tratamiento que realizan de sus datos personales.

Pero ha habido otros casos anteriores de ChatGPT como la demanda colectiva en California por usar datos “robados” para entrenar a la IA o la prohibición del uso de esta herramienta en Italia.

Además, cada vez son más las canciones y colaboraciones musicales que crea la inteligencia artificial. Las últimas haciéndose pasar por artistas conocidos como Drake, The Weekend, Quevedo o Rosalía. Unas obras que acaban vulnerando los derechos de autor de estos artistas o de sus productoras, y que, además, ganan mucha visibilidad y rentabilidad económica.

Otro caso muy sonado de las últimas semanas ha sido el de la escritora estadounidense Jane Friedman, que denunció en sus propias redes sociales y blog que Amazon había puesto a la venta 6 libros a su nombre que ella no había escrito, sino que se habían producido por inteligencia artificial al recoger información desde hace una década de su estilo de escritura.

La pregunta es: ¿existen consecuencias legales para aquellos que utilizan las obras de otros para generar contenido u obras sin su consentimiento?

Lo cierto es que hasta ahora no hay una legislación que regule el uso de la inteligencia artificial y ponga límite a estas consecuencias. Es un reto a futuro que está pendiente de acordar, pero será complicado por el rápido avance de estas tecnologías y la diferencia entre legislaciones.

Regulación de la inteligencia artificial

En este momento no existe ningún mecanismo que regule el contenido que se produce a través de la inteligencia artificial, por lo que hay una ausencia de regulación de cualquier obra artística.

Es por eso que, al no haber una legislación clara, se debe analizar cada caso de forma individual para sacar una conclusión. Por ejemplo, si esa obra fuese una difamación o calumnia a una persona, si fuesen imágenes comprometidas creadas por la inteligencia artificial -como le sucedió a Laura Escanes y Rosalía- o si se aprovecha la fama de un músico para generar beneficios económicos, en estos casos sí podríamos denunciarlo.

Los diferentes países deben ponerse de acuerdo en este ámbito. Pero desde el Parlamento europeo ya se ha manifestado el compromiso de regular la inteligencia artificial con la Ley de Inteligencia Artificial que empezaría a aplicarse a partir de 2026.

Además, España ha sido el primer país europeo que se anticipa al Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial. Ya que desde el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital se ha aprobado el Estatuto de la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA).

Este reglamento establece la obligación de seleccionar una “autoridad nacional de supervisión” que se encargue de supervisar la aplicación de la normativa en materia de Inteligencia Artificial.

Sus funciones son:

  • Supervisar los sistemas de la IA con el objetivo de reducir los riesgos para la integridad, intimidad, no discriminación e igualdad.
  • Difundir una IA humanista y ética para demostrar sus oportunidades en el desarrollo socioeconómico.
  • Crear un marco de certificación voluntario para entidades privadas.
  • Impulsar el alineamiento y la colaboración de entidades público-privadas.
  • Crear entornos de prueba que permitan la adaptación de soluciones innovadoras de IA.

¿La Inteligencia Artificial puede tener derechos de autor?

En España no es obligatorio inscribir las obras en el registro de propiedad intelectual, aunque es muy recomendable. Ya que, de esta forma, las obras estarán protegidas y realizar copias estará penalizado. También, en el caso de que suplanten tu identidad, se dispone de una protección añadida.

Un consejo por si no tienes protegidas tus obras o creaciones es que utilices la marca de agua, para dejar huella de tu autoría.

La pregunta que más nos hacemos es: ¿la inteligencia artificial puede ser registrada o tener derechos de autor?

La resolución de la Unión Europea sobre los “Derechos de propiedad intelectual para el desarrollo de las tecnologías relativas a la inteligencia artificial” recoge que: «las obras producidas de manera autónoma por agentes artificiales y robots no deben poder acogerse a la protección mediante derechos de autor, a fin de respetar el principio de originalidad, que está unido a una persona física, y puesto que el concepto de «creación intelectual» conlleva la personalidad del autor«.

07 de Septiembre de 2023

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